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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810623
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 452
FERROCARRILES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 452
El artículo 73 de la Ley de Ferrocarriles, que prohibe que las dependencias de éstos puedan ser materia de contribuciones impuestas por las diferentes entidades que forman la República, no puede conceptuarse derogado por el artículo 28 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano, S. A. 3 de marzo de 1925. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.