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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810628
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 551
AMPARO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 551
Si no se interpone dentro de los quince días siguientes a la fecha de la resolución que se recurre, debe tenerse ésta por consentida.
Precedentes
Tomo XVI, página 1546. Indice Alfabético. Amparo 104/20. Everardo P. Manuel. 7 de abril de 1925. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Manuel Padilla y Francisco M. Ramírez. Excusa: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVI, página 551. Amparo civil en revisión 3635/21. Russek David S. 11 de marzo de 1925. Mayoría de seis votos Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Teófilo H. Orantes. Disidentes: Manuel Padilla, Ricardo B. Castro y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.