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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 657
IMPUESTOS MUNICIPALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 657
El Ayuntamiento de la capital tiene derecho para cobrarlos, únicamente con arreglo al presupuesto que apruebe el Congreso de la Unión, y con apoyo en la tarifa vigente, que es la que sirve de base para el cobro de todas las contribuciones municipales, en el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. "S. Robert y Compañía, sucesiones". 18 de marzo de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Benito Flores y Gustavo A. Vicencio no intervinieron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.