Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/810667
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810667
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1477
FALSEDAD EN DECLARACIONES JUDICIALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1477
Tampoco puede conceptuarse que haya falsedad en declaraciones judiciales, cuando son hechas sin la protesta de ley, en cualquier acto de juicio.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Xochicale Narciso. 20 de diciembre de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Alberto M. González y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.