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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810708
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 196
CONTRAPARTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 196
En los juicios de amparo será considerado como parte contraria al quejoso, cuando el amparo se pida contra resoluciones judiciales del orden civil, al que haya tenido ese carácter en el juicio del orden común.
Precedentes
Tomo XVII, página 1593. Indice Alfabético. Amparo 2909/22. Medina Ayora Isabel. 3 de octubre de 1925. Mayoría de siete votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Leopoldo Estrada. Disidentes: Ernesto Garza Pérez y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVII, página 196. Amparo civil en revisión 550/25. "Tanque Francaise du Mexique". 17 de julio de 1925. Mayoría de siete votos. Ausentes: Jesús Guzmán Vaca y Leopoldo Estrada. Disidente: Ricardo B. Castro. Excusa: Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.