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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810720
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 508
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 508
No debe concederse cuando con ella no se sigan al quejoso perjuicios de difícil reparación y, además, se estorbe la averiguación de los delitos.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Balderrama Adolfo. 16 de marzo de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.