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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810725
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 547
CONTRAFIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 547
Basta que los fiadores prueben tener bienes raíces libres y no embargados, dentro del territorio jurisdiccional del Juez de Distrito, para que puedan ser admitidos como tales, sin que sea indispensable que acrediten su propiedad sobre bienes raíces ubicados, precisamente, en la población donde radica dicho funcionario.
Precedentes
Queja en amparo civil 318/22. Mendizábal Fernando H. 31 de agosto de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.