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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 628
PERSONALIDAD.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 628
Si ha sido aceptada por el Juez y no ha sido impugnada por el demandado, ni la apelación se ha fundado en la falta de esa personalidad, el tribunal de alzada no puede objetarla.
Precedentes
Amparo civil directo 2112/21. Mayoría de seis votos, en cuanto al primer punto resolutivo. Mayoría de ocho votos, en cuanto al segundo. Ausente: Francisco M. Ramírez. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Salvador Urbina, Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio y Manuel Padilla; Jesús Guzmán Vaca y Salvador Urbina, respectivamente. La publicación no menciona el nombre del ponente.