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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810777
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 164
DENUNCIO DE FUNDOS PETROLIFEROS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 164
El hecho de admitir un denuncio, y el de expedir un título con respecto a él, son actos enteramente distintos, toda vez que la expedición del título no es la consecuencia necesaria y forzosa del denuncio, ya que la Secretaría de Industria, aun sin oposición, puede negar dicho título, por lo que es improcedente alegar que se violan garantías, sólo por la tramitación del denuncio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. International Petroleum Co. 15 de julio de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio, Jesús Guzmán Vaca y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.