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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810800
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1329
FIANZA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1329
El fin de que persigue la circular número 20 de la Suprema Corte, fechada el 22 de enero de 1920, es evitar que con un mismo título se acredite la solvencia para el otorgamiento de diversas fianzas, pero sin que ello autorice para pensar que una persona no puede otorgar tantas fianzas, cuantos sean los distintos bienes con que en cada caso acredite su solvencia, pues la calificación relativa, debe hacerla el Juez de Distrito.
Precedentes
Queja en amparo civil 218/25. Carretero de Sousa Virginia. 7 de diciembre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.