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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810815
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 462
IMPUESTO A ALCOHOLES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 462
Conforme a la ley de 6 de enero de 1919, la falta de presentación de las facturas, se tendrá como prueba bastante de que no está pagado el impuesto respectivo.
Precedentes
Recurso de súplica. Moreno Manuel F. 10 de septiembre de 1923. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Ricardo V. Castro. El Ministro Manuel Padilla no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.