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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 182
FIADORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 182
Las mujeres, sólo pueden ser fiadoras, cuando se obliguen, por cosa que les pertenece, en favor de sus descendientes, de sus ascendientes o de su cónyuge.
Precedentes
Queja en amparo civil. Magaña Manuel. 9 de enero de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Ricardo B. Castro y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.