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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810862
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 923
SENTENCIAS DEFINITIVAS.
[TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 923
Para los efectos del amparo directo, deben entenderse así, aquellas que deciden la controversia en lo principal, estableciendo el derecho en cuanto a la acción y la excepción que hayan motivado la litis contestatio.
Precedentes
Amparo civil directo. Sierra Benito. 26 de junio de 1920. Resolutor: Enrique Moreno.