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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810882
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 332
PERIODO DE INSTRUCCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 332
Durante el periodo de instrucción penal, el Juez practicará, sin demora alguna, todas aquéllas diligencias que juzgue necesarias, así como las que promueven el Ministerio Público y los inculpados y el querellante o la parte civil, si fueren conducentes al objeto de la instrucción.
Precedentes
Amparo penal directo. Choa José. 1o. de febrero de 1919. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González y Enrique Moreno. Disidente: Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.