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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810911
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 639
CONTRAFIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 639
Al juzgar de su admisión, no debe entrar como elemento, la importancia de la garantía que haya otorgado la parte contraria, puesto que sólo debe atenderse a la cuantía del negocio, para exigir que, con relación a ella, el contrafiador tenga bienes suficientes para cubrir las obligaciones que, en su caso, han de exigírsele.
Precedentes
Queja en amparo civil. Markassuza Carlos. 10 de septiembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.