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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1136
PRERROGATIVAS DEL CIUDADANO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1136
El acto que tenga por efecto privar al ciudadano de sus derechos electorales, le causa perjuicios de difícil reparación, porque, pasado el día de las elecciones, dejará de hacer uso de las prerrogativas que concede a los ciudadanos la Constitución General de la República.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Guerra Alvarado José y coagraviados. 13 de junio de 1919. Mayoría de siete votos, en cuanto al primer punto y en cuanto al segundo, por siete votos. El Ministro Agustín Urdapilleta no votó en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. Disidentes: Enrique Moreno, Ignacio Noris y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.