Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/810924
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810924
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 724
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 724
La Constitución establece el arbitraje obligatorio confirmándose esta tesis por la sanción que contiene la fracción XXI del artículo 123 de la Constitución, y que estriba en que se dará por concluido el contrato de trabajo, si el capitalista o el obrero se niegan a someter sus diferencias al arbitraje o a aceptar el laudo pronunciado por las Junta, aparte de que, si es el patrono, debe indemnizar, además, al obrero u obreros, con el importe de tres meses de salario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Compañía Limitada de Luz Eléctrica, Fuerza y Tracción de Veracruz. 23 de septiembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.