Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/810935
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810935
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 830
FALLOS JUDICIALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 830
No es bastante para desvirtuarlos, el que la autoridad que los pronuncie, haya fallado en diverso sentido en otro caso similar. Para juzgar de su legalidad, sólo debe atenderse a los fundamentos de derecho en que descansen, y no a las resoluciones dictadas en otros casos, pues los Jueces pueden cambiar de opinión jurídica.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Francos Llama Manuel. 30 de septiembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.