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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1185
DECISIONES JUDICIALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1185
En ellas no deben ser discutidas por el Juez, las situaciones jurídicas aceptadas por las partes, y que no se someten al examen judicial.
Precedentes
Amparo civil, en revisión. Vivanco Francisco. 27 de junio de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y José María Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.