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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 810970
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1563
FIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1563
La ley reglamentaria del amparo dispone que la fianza debe tener por objeto indemnizar los daños y perjuicios que la suspensión ocasionare, los cuales no pueden fijarse de antemano, por lo que la garantía respectiva debe ser por cantidad abierta.
Precedentes
Queja en amparo civil. Gómez Bernardo. 4 de junio de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.