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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 673
SUSPENSION, AUTO DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 673
Una vez negado, no puede decretarse en el juicio de amparo, sino por causa superveniente, que sirva de fundamento a la resolución.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Morales Eugenio. 25 de marzo de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: José M. Truchuelo, Manuel E. Cruz y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.