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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 708
PENAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 708
La imposición de las penas es exclusiva de la autoridad judicial, y la que se haga por las autoridades administrativas, importa una violación de garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Mendoza Simón R. 28 de marzo de 1919. Mayoría de siete votos. Ausentes: José M. Truchuelo, Agustín Urdapilleta y Enrique Colunga. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.