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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811030
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 624
INSTITUCIONES DE BENEFICENCIA PRIVADA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 624
La exención de impuestos a que se refiere el artículo 42 de la Ley de Beneficencia Privada, de fecha 20 de agosto de 1904, no comprende el impuesto sobre ventas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Institución de Beneficencia "Ignacio Torres Adalid". 10 de agosto de 1920. Mayoría de nueve votos. Ausente: Alberto M. González. Disidente: José María Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.