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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811043
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 562
JUECES INSTRUCTORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 562
Los Jueces Federales gozan de la acción más amplia al instruir un proceso, para comprobar el cuerpo del delito; y para hacer cumplir sus determinaciones, pueden emplear los medios de apremio que la ley señala, sin que tal cosa importe una violación de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Guevara Francisco. 4 de agosto de 1920. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. Disidentes: Patricio Sabido, Agustín Urdapilleta, Gustavo A. Vicencio y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.