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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811049
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 807
MEDICOS HOMEOPATAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 807
Está probado que el ejercicio de la homeopatía no sólo es lícito sino benéfico; y además, se le ha reconocido oficialmente como una profesión, según lo expresa el decreto del Ejecutivo Federal, de fecha 31 de julio de 1895; por tanto, el ejercicio de esa profesión no ataca a derechos de tercero en lo particular, ni los de la sociedad en general; e impedirla importa una violación del artículo 4o. constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Oliver Juan y coagraviados. 28 de agosto de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Benito Flores, José María Mena y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.