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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811064
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 40
TEMERIDAD.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 40
La apreciación de ella para la condenación en costas, es del criterio exclusivo del Juez sentenciador.
Precedentes
Amparo civil directo ante la Corte. Chávez Rafael I. 17 de julio de 1917. Mayoría de siete votos. Disidentes: Alberto M. González, Santiago Martínez Alomía, Agustín Urdapilleta, Manuel E. Cruz y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.