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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 124
FACULTAD ECONOMICO COACTIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 124
Es improcedente aplicarla para el cobro de cantidades no provenientes de impuestos, aun cuando los deudores hayan convenido en sujetarse a ese procedimiento.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Palomo José. 7 de julio de 1922. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.