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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 289
INFORME CON JUSTIFICACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 289
La circunstancia de no rendir la autoridad demandada, el informe justificado, establece la presunción de ser cierto el acto que se estima violatorio de garantías; pero esta presunción se refiere sólo al hecho material, y no a las circunstancias que lo hacen ilegal, y constituyen propiamente relaciones jurídicas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Presno y Pérez Juan. 22 de julio de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Patricio Sabido no intervinieron en este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.