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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811108
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 350
AMPARO, DEMANDA DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 350
Es erróneo considerar que los quince días para interponerla deben contarse, para el amparo directo, desde la fecha en que sean expedidas las copias correspondientes.
Precedentes
Amparo civil. Interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Lugo Francisco. 28 de septiembre de 1917. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Alberto M. González, Agustín de Valle y José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.