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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811113
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 477
CASACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 477
El rechazamiento de la demanda de casación que no se sujete a las reglas establecidas por la ley, no importa violación de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Sobrino Dativo. 8 de agosto de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Benito Flores y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.