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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811132
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 31
CONTRAFIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 31
Sólo debe abarcar los gastos naturales y legales de la fianza, pero no puede comprender la remuneración voluntaria dada al fiador, por su garantía, y cuyo monto queda al arbitrio de quien la cubre.
Precedentes
Queja en amparo civil. De la Fe Paulino y coagraviadas. 3 de julio de 1919. Mayoría de nueve votos. Disidente: Agustín Urdapilleta, en lo que se refiere a la admisión de la contrafianza y por unanimidad de diez votos, respecto de la indemnización. Ausente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.