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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811154
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 286
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 286
La Corte ha establecido la jurisprudencia de que los laudos de esas Juntas, no tienen el carácter de sentencias definitivas del orden judicial, sino de resoluciones administrativas, que no pueden equipararse con las pronunciadas en los juicios propiamente dichos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. The Texas Company of Mexico. 8 de febrero de 1923. Mayoría de seis votos. Los Ministros Agustín Urdapilleta y Enrique Moreno no intervinieron en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. Disidentes: Alberto M. González, Adolfo Arias y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.