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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1037
INDEMNIZACION A LOS TRABAJADORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1037
El patrono que despida a un obrero, sin causa justificada, o por cualquiera otra de las enumeradas en la fracción XXII del artículo 123 constitucional, queda obligado al pago de la indemnización que en el mismo precepto se fija.
Precedentes
Amparo civil directo. "Fortoul Bec y Compañía.". 9 de mayo de 1919. Mayoría de nueve votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. Disidente: Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.