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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811193
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1040
AMPARO IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1040
Los Jueces de Distrito tienen la facultad para imponer a quien interpone un amparo improcedente, una multa que no baje de diez no exceda de quinientos pesos.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Mendoza Baz Carlos. 9 de mayo de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.