Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/811224
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 317
CONTRAFIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 317
La Suprema Corte ha establecido la jurisprudencia de que no procede el otorgamiento de contrafianza cuando se trata de la desocupación de una finca, porque con la ejecución del acto se seguirían al quejoso perjuicios de índole moral que no podrán serle reparados, además de que el juicio de amparo quedaría sin materia.
Precedentes
Queja en materia civil. Pérez de Duarte Rosario. 15 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.