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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811241
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1037
QUEJA SIN MATERIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1037
Debe declararse así, la que se endereza contra el Juez de Distrito, cuando éste ha pronunciado ya la sentencia respectiva, en el juicio en el cual se presenta la queja.
Precedentes
Queja en amparo civil. Contreras Rogerio. 15 de noviembre de 1922. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Patricio Sabido y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.