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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811247
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1058
SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1058
Su efecto, cuando se concede el amparo, es nulificar el acto reclamado y volver las cosas al estado que tenían antes de la violación, ya que es la consecuencia de la naturaleza jurídica del juicio constitucional, reconocida por todas las leyes que han reglamentado el amparo y por la jurisprudencia constante que lo ha interpretado.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Méndez José M. y coagraviados. 6 de diciembre de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Benito Flores y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.