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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811253
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 247
FIADOR EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 247
La autoridad responsable en el amparo directo, incurre en responsabilidad por el hecho de admitir fianza que resulte ilusoria o insuficiente para ejecutar el acto de suspensión; y entre las facultades de la misma autoridad, está la de cerciorarse de la idoneidad de la fianza, a fin de que, al producir sus efectos el auto de suspensión, no deje a descubierto los daños y perjuicios que puedan ocasionarse a la parte contraria en el litigio de que el juicio de garantías se deriva.
Precedentes
Queja en materia civil. Shintani K. y coagraviado. 29 de enero de 1921. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.