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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1238
EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1238
Conforme a la ley civil de Veracruz, la obligación queda extinguida con todos sus efectos, respecto al pago no recibido por el acreedor, sólo cuando se aprueba la consignación por el Juez, en el juicio correspondiente.
Precedentes
Amparo civil directo. B. de Romero Guadalupe. 13 de octubre de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.