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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1338
JUECES DE LA CAPITAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1338
Los actos de los Jueces de la capital, instalados de acuerdo con la ley de 30 de septiembre de 1914, fueron validados por decreto del Congreso, de 10 de julio de 1917, concediéndoles fuerza hasta que tomaran posesión los que se nombraran de acuerdo con el artículo 6o., transitorio, de la Constitución.
Precedentes
Amparo civil directo. Olivares Guillermo. 27 de octubre de 1920. Mayoría de siete votos. Ausentes: Benito Flores y Alberto M. González. Disidentes: Gustavo A. Vicencio y José María Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.