Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/811291
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 262
IMPUESTOS, MULTAS Y PAGOS FISCALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 262
La suspensión que contra ellos se conceda, procede mediante el depósito de la cantidad que se cobre, precisamente en la oficina recaudadora; y la falta de ese depósito trae por consecuencia que las facultades de la autoridad contra quien se reclama, queden expeditas para hacer efectivo el cobro contra el cual se endereza el amparo.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Charem y Abadi. 2 de agosto de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.