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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811294
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 56
JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 56
Sólo está establecido para resolver las controversias que se susciten por los actos de las autoridades que violen las garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Carcaño Guadalupe y coagraviados. 2 de julio de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Benito Flores, Alberto M. González y Gustavo A. Vicencio no votaron, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.