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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 113
AUDIENCIA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 113
La Ley Orgánica prescribe, taxativamente, en su artículo 79, cuáles son los casos en que debe prorrogarse la celebración de la audiencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Díaz Muñoz Ernesto. 8 de julio de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Benito Flores y Adolfo Arias. La publicación no menciona el nombre del ponente.