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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 489
FACULTADES EXTRAORDINARIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 489
Las facultades extraordinarias que concede el Poder Legislativo al jefe del Ejecutivo para legislar limitativamente y en determinado ramo, no son anticonstitucionales, porque esta designación se considera como una cooperación o auxilio de un poder a otro, y no como una abdicación de sus funciones, de parte del Poder Legislativo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Olivares Amado. 10 de septiembre de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Benito Flores y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.