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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 148
AMPARO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 148
Dbe promoverse dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la notificación del fallo que se recurre en amparo, so pena de desechar éste pro improcedente.
Precedentes
Amparo civil en revisión. González María Cruz. 13 de julio de 1921. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Ignacio Noris, Alberto M. González y Benito Flores. Disidentes: Ernesto Garza Pérez, Agustín Urdapilleta y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.