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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811316
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 251
BIENES NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 251
Tratándose de bienes que la Constitución estima nacionales y sobre los cuales haya surgido contención, es necesario que, como consecuencia del juicio previo constitucional que deberá ventilarse, para cumplir con lo mandado por el citado artículo, la autoridad judicial correspondiente resuelva que tales bienes son nacionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Peñaflor Odorico. 1o. de agosto de 1921. Mayoría de seis votos respecto del primer punto resolutivo. Disidentes: Adolfo Arias y Patricio Sabido. Unanimidad de diez votos respecto al segundo punto. La publicación no menciona el nombre del ponente.