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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 323
MULTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 323
Debe imponerse a quien interpone una segunda demanda de amparo, sin motivo justificado.
Precedentes
Competencia en Amparo. Suscitada entre los Jueces, Segundo y Tercero Supernumerarios de Distrito, del Distrito Federal. 15 de agosto de 1921. Unanimidad de ocho votos respecto de la primera resolución. Mayoría de siete votos respecto de la segunda. Disidente: Adolfo Arias. Ausentes: Alberto M. González, Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.