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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811328
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 708
CONTIENDA JURISDICCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 708
Sólo existe cuando cada uno de los Jueces contendientes sostiene su jurisdicción, pero no cuando sólo se inhiben del conocimiento del negocio; y en este último caso, debe resolverse sobre la competencia del Juez, de plano, y sin tener que oír al Ministerio Público.
Precedentes
Inhibición de los Jueces de Distrito de Puebla, y Sexto Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal. 21 de octubre de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.