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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 762
IMPUESTOS EN LOS ESTADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 762
Los gobiernos de los Estados tienen, incuestionablemente, el derecho de imponer contribuciones para el sostenimiento de los diversos ramos de su administración y de ejercitar la facultad económica coactiva, para hacer efectivo el pago de esos impuestos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Bolio Manzanilla Adolfo y Gustavo. 3 de noviembre de 1919. Mayoría de ocho votos en cuanto al primer punto resolutivo y por mayoría de seis votos, en cuanto al segundo punto resolutivo de la sentencia. Ausentes: Enrique Moreno y José M. Mena. Disidentes: Benito Flores, Patricio Sabido, Agustín Urdapilleta y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.