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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 811347
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 478
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 478
La demanda de amparo que instaure, no está sujeta a los límites estrechos de la demanda de amparo civil, puesto que lo que reclama es la violación de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Ingenio de Santo Domingo, S. A. 8 de septiembre de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes Enrique Moreno y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.